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  • Elkin Centeno Cardona

Probable delito de abuso de confianza con el empleador que se queda con las cesantías del trabajador


Probable delito de abuso de confianza con el empleador que se queda con las cesantías del trabajador

Las cesantías se han establecido como una prestación social que les corresponde a los trabajadores de cualquier organización. Está en manos del empleador garantizar que sean asignadas en los plazos y montos que dictamina la ley, pues de lo contrario deberá responder ante lo que se conoce una infracción del derecho adquirido.

Características de las cesantías

Las cesantías tienen el objetivo de prestar un refuerzo económico a los trabajadores una vez que concluye el contrato laboral, como parte de la liquidación. De esa manera, protegen a la persona ante posibles escenarios de inestabilidad, como el desempleo.

El monto de este beneficio equivale a un mes de salario por cada año de trabajo cumplido (o una proporción del tiempo efectivo), el cual se liquida el 31 de diciembre de cada año y debe ser abonado a la cuenta del beneficiario antes del 14 de febrero.

Será el trabajador quien decidirá en qué momento disfruta sus cesantías. La mayoría espera que culmine la relación con la empresa para solicitar este apoyo, mientras que otros deciden pedirlo antes con la finalidad de pagar estudios superiores y reparar o comprar una vivienda, por ejemplo.

Obligación del empleador

Si el empleador no consigna las cesantías en el fondo seleccionado por el trabajador antes de la fecha correcta, tendrá la obligación de pagar una multa correspondiente al salario de un día por cada día de retraso.

También deberá responder efectivamente sobre los intereses originados por las cesantías. En caso de no hacerlo, la ley establece una sanción que equivale a 100 % de los intereses liquidados. Cuando efectúe el pago tendrá que consignar en el fondo de cesantías porque, de lo contrario, corre el riesgo de perder el pago, lo que origina el pago de la multa.

El Código Sustantivo del Trabajo Colombiano explica algunos escenarios en los que una empresa podría quedarse con el monto de las cesantías, entre los que destacan: mostrar conducta delictiva contra el empleador, sus familiares o directivos de la organización; producir intencionalmente fuertes daños materiales a la infraestructura o instrumentos de trabajo; perjuicio a compañía por la revelación de información privada.

Si se presenta uno de los casos, el empleador tendrá que iniciar un proceso legal y demostrar la comisión del delito, mientras tanto la empresa puede retener las cesantías hasta que haya sentencia de un tribunal.

Por otra parte, las compañías pueden disponer de esta prestación social si el trabajador ha acumulado deudas por un monto superior con la compañía, la cooperativa o el fondo de empleados. No obstante, deberá ser aprobado por el empleado para no incurrir en ilegalidad.

Probable delito de abuso de confianza

Podría determinarse un probable delito de confianza cuando un empleador se queda con las cesantías del trabajador, ya que este delito se caracteriza por ser una apropiación dolosa en provecho propio o de un tercero, de una cosa mueble ajena que se le haya confiado o entregado por un título no traslativo de dominio.

A diferencia del hurto, que consiste en una sustracción material ilegal, el abuso de confianza ocurre cuando alguien posee un bien de otro y no se lo quiere entregar voluntariamente para disfrutar de ese derecho.

El mecanismo de las cesantías, como ya se dijo, funciona de la siguiente manera: el empleador administra una cantidad de dinero que el trabajador se ha ganado de acuerdo con la ley y debe entregársela en un tiempo correspondiente.

Si no lo hace, está cometiendo un presupuesto esencial del delito porque la retención configura una de las formas de apropiarse del bien ajeno mediante el abuso de confianza. En este caso, el trabajador deberá notificar al Ministerio de Trabajo, quien se encargada de vigilar la administración de las cesantías.


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