- Elkin Centeno Cardona
El daño moral en la víctima del delito

Cuando una persona resulta lastimada por la conducta incorrecta de otra y sufre un daño físico, emocional o financiero tiene la potestad de demandarla por daños y perjuicios. Dentro de los daños que puede reclamar una víctima valiéndose de los mecanismos legales están el daño moral, el material y el punitivo.
Los daños materiales se otorgan para compensar a una persona por lesiones personales o por una pérdida material que haya sufrido. En cambio, los daños punitivos no buscan ningún tipo de compensación, sino que los responsables de un delito sean castigados con la intención de evitar que se repita.
Como se puede notar, estos tipos de daños son tangibles y de alguna manera cuantificables. No obstante, se presenta otro concepto que suele resultar un tanto más abstracto: el daño moral. ¿En qué consiste? ¿Cómo se calcula? Continúa leyendo para que conozcas el alcance del daño moral en la víctima del delito.
¿Qué es el daño moral?
El daño moral se refiere a aquellas conductas ilícitas que causan sufrimiento físico, psicológico o emocional a las víctimas. Dentro de este tipo de perjuicios se cuentan también la angustia mental, la ansiedad agravada y el miedo, así como la deshonra, los sentimientos lesionados, el shock moral, la humillación social y demás lesiones que tengan un carácter similar.
El reclamo y reconocimiento de daños morales suele ocurrir a menudo cuando se presentan casos de discriminación, acoso, abuso de procedimientos legales e interferencia con la dignidad de una persona, entre otros.
Inicialmente se concebía el daño moral bajo un paradigma subjetivo, pues se notaba como un perjuicio al placer. No obstante, con el paso del tiempo la concepción ha ido evolucionando tomando como base criterios objetivos y sociales.
En la actualidad, el daño moral abarca más de los sentimientos o pensamientos de una persona luego de ser víctima de un hecho punible. Se toma en cuenta entonces sobre todo la manera en que resulta afectada la capacidad de socializar; además de la dificultad de desarrollar otro tipo de actividades relacionadas con una vida normal.
Compensación por daño moral
El daño moral atenta contra los derechos de la personalidad que forman parte del patrimonio moral de un individuo o una consecuencia negativa de carácter espiritual. A diferencia de los daños materiales, en los que se calcula el monto de la pérdida causada por un acto, resulta complicado establecer una cantidad de dinero específica para resarcir el sufrimiento alegado por la víctima.
Aunque sea imposible conocer precisamente la compensación o recompensa, los daños morales se recuperan en un caso cuando se demuestre que ocurrieron como resultado directo de un acto u omisión ilegal del acusado. Por lo tanto, el tribunal goza de discreción para evaluar las pruebas y determinar la compensación que se otorgará a los afectados.
Daño moral en Colombia
La perpetración de un delito propicia el arranque de una acción penal que busca aplicar una pena al culpable, así como reponer civilmente el perjuicio ante la víctima. De acuerdo con el artículo 94 del Código Penal Colombiano, la víctima directa de un delito deberá recibir una indemnización como pago de los perjuicios que se hubieren ocasionado.
La jurisprudencia establece la manera en que se determina la reparación civil que corresponde. Dictamina la subsanación de los daños morales y materiales, mediante la reposición de la situación jurídica que haya sido quebrantada luego de un suceso ilícito.
Además de la reparación penal de la infracción, se reconoce la indemnización de los daños derivados de la conducta punible. Esto busca el restablecimiento pleno, con la intención de colocar a la víctima en una situación parecida a la que vivía antes de recibir un perjuicio.