- Elkin Centeno Cardona
Agravación punitiva en delitos de calumnia e injuria

Con la Sentencia SP13920-2017 emitida el día 06 de septiembre del año 2017 se establece una necesidad urgente de crear circunstancias de agravación punitiva en cuanto a los delitos de injuria y calumnia –considerados de honor- en los casos específicos en los que las víctimas resulten expuestas como objetivos de los grupos ilegales.
La agravación punitiva, en el derecho penal colombiano, consiste básicamente en incrementar la culpabilidad en la comisión de un delito en específico cuando exista concurrencia, tomando en cuenta ciertas circunstancias que son consideradas especiales.
El contenido de la sentencia SP13920-2017 de la Corte Suprema de Justicia de Colombia, señala que los organismos de seguridad del Estado no pueden tener acceso a toda clase de datos e información de carácter personal, tomando en consideración aquellos procedimientos que puedan invadir la privacidad de algún individuo. Si bien el documento reconoce que en los casos de investigaciones policiales, los agentes de seguridad pueden recopilar la información que consideren necesaria e importante, esto no se trata de algo sin límites; de lo contrario, se estaría poniendo en riesgo el derecho a la intimidad y la honra de quien sea objeto de la averiguación.
El caso de la sentencia en cuestión, se refiere a las actuaciones ilegales del exdirector del DAS, Jorge Aurelio Noguera Cotes, quien fue acusado, entre otras cosas, por abuso de autoridad. Entre los años 2003 y 2005, el funcionario acordó con otros directivos en materia de seguridad -sin ninguna autorización judicial- interceptar llamadas y otro tipo de comunicaciones de personas que fueron identificadas por ellos mismos como opositores de la administración nacional de este momento, incluyendo a periodistas y representantes de Organizaciones No Gubernamentales.
En el año 2011, Noguera Cote fue sentenciado a más de siete años de cárcel por encontrarlo culpable del delito de espionaje por “chuzar” comunicaciones como llamadas telefónicas, emails y líneas telefónicas, argumentando actividades de inteligencia.
De acuerdo con las leyes colombianas, las circunstancias para la agravación punitiva en los casos de delitos de calumnia en injuria se dan cuando, por ejemplo, esto ocurre a través de medios de comunicación e información masivos, es decir, cuando tengan gran alcance. También entra en consideración cuando se haya comprobado que existía una intención de hacer daño a la víctima o las víctimas.
Asimismo, en los casos en los que las víctimas de cualquiera de estos dos delitos –o ambos- queden expuestas como objetivos de grupos ilegales, es importante que se consideren circunstancias de agravación punitiva.
La calumnia y la injuria están incluidas –en Colombia- dentro de los derechos a la honra y al buen nombre. En el caso de la injuria, se refiere a información equivocada que resulte insultante en contra de una persona. En lo que respecta a la calumnia, se trata de una acusación falsa con la intención de generar un daño. La diferencia entre estos dos conceptos radica en que la primera –la injuria- es cuando se ofende a la víctima, mientras que la segunda –la calumnia- ocurre cuando se le acusa de algo que no cometió.
Hasta cuatro años de cárcel y multas equivalentes a salarios mínimos vigentes pueden acarrear los delitos de calumnia e injuria en Colombia. Cometer alguna de estas acciones puede salirle caro a cualquiera que decida ejecutarlas. La Corte Constitucional colombiana hace énfasis en que si bien los derechos a la libertad de expresión e información son importantes, al ser garantías consagradas en tratados internacionales, también es fundamental el hecho de respetar el derecho que tiene una persona a la honra, al respeto de los demás y a mantener su buen nombre.