- Elkin Centeno Cardona
El Derecho de las víctimas

Durante años, distintos tipos de violencia han afectado a millones de personas alrededor del mundo y en Colombia.
Debido a ello, es cada vez más importante no solo crear regulaciones que protejan a quienes han sido víctimas de esta violencia, sino también perfeccionar las leyes existentes, a fin de ofrecer cada vez más opciones que resguarden la integridad de las personas.
Leyes para protección de las víctimas
Desde el diseño de la constitución, Colombia siempre ha buscado la forma de ampliar y consolidar las leyes respecto al derecho de las víctimas en todos los ámbitos.
De ese esfuerzo han surgidos leyes completas y numerales en la legislación ya establecida, que buscan ofrecer una base sólida que respalde a las víctimas de distintos hechos.
De allí que existan leyes de protección a la mujer, a los niños, tratados de los Derechos Humanos, la Ley 975 de justicia transicional con los grupos armados ilegales que se han desmovilizado, la Ley 1448 de 2011 que protege a las víctimas del conflicto armado interno, entre otras.
La Ley 906 de 2004, en el artículo 132, define a las víctimas como aquellos individuos, naturales o jurídicas, o cualquier otro individuo que en solitario o en grupo hayan sufrido algún daño o perjuicio a su persona o entorno, de forma injusta.
Esta misma ley establece que la condición de víctima se mantiene, independientemente de que se defina, encarcele, enjuicie o dicte condena a la o las personas autores del trato injusto. Tampoco será limitante que exista una relación familiar o cercana con el o los individuos.
Otra ley, la 975 del año 2005, establece en su artículo 5 que las víctimas son aquellas personas o grupos de personas que hayan sufrido algún daño, temporal o permanente, que hayan provocado lesiones o discapacidad física o mental, así como pérdida de algún activo, como consecuencia de actos ilegales o fuera del marco de la ley, llevadas a cabo por algún grupo armado que tenga acción en Colombia.
Este numeral involucra dentro del concepto de víctimas a aquellos funcionarios de la ley o la fuerza pública que también hayan recibido lesiones o afectaciones físicas, mentales o de patrimonio, por las acciones de estos mismos grupos ilegales.
Esta ley también califica como víctimas y se expande hacia los familiares en primer grado de consanguineidad de los funcionarios de la fuerza pública. Como esta, se han promulgado en Colombia muchas leyes para resguardar la integridad de las personas, haciendo extensivas a sus familias y círculos cercanos, como medida para resguardar su integridad.
Medidas de protección
La Carta Política de Colombia, en sus numerales 1, 6 y 7 del artículo 250, advierte la imperante necesidad que tiene el Estado colombiano en brindar protección y asistencia a las víctimas de cualquier hecho que involucre la violencia, así como de garantizar sus derechos a la reparación integral de los daños a la víctima y sus familiares, a través de la Fiscalía General de la Nación.
Por supuesto, esto significa que el acceso a la justicia, la igualdad ante los tribunales, la debida defensa, la imparcialidad de los tribunales y la efectividad de los derechos son aplicables tanto al acusado como a la víctima, garantizando que la distribución de la justicia se haga de forma equitativa.