- Elkin Centeno Cardona
¿Qué es y para qué sirve el derecho penal internacional?

El derecho penal internacional en un sentido amplio es el conjunto de normas de derecho internacional que regulan la responsabilidad penal. Siendo el principal órgano rector en el cumplimiento de estas normas la Corte Penal Internacional ubicado en la Haya y, fundado en el año de 1998 a través de Estatuto de Roma.
Este derecho surge con anterioridad a la Primera Guerra Mundial, y luego de ésta es que se crean los tribunales penales internacionales con la finalidad de enjuiciar a los responsables de los crímenes cometidos durante este conflicto, los cuales para el momento en que fueron cometidos no se encontraban tipificados en las normas penales y que fue a través de los juicios de Nuremberg que se regularon en normas y tratados de derecho internacional.
Siendo esto de cierta forma un impedimento para el juzgamiento equitativo de estos acontecimiento de conformidad con el principio “Nullum crimen, nulla poena sine lege”, que significa que no hay crimen, si una ley que lo regule, en tal sentido, no se puede condenar a nadie por actos u omisiones que en el momento de realizarse no estén previamente establecidos como delitos en el derecho penal. Por lo tanto, la existencia de un crimen particular dependerá, entonces, de la existencia de una regulación en que se defina la conducta realizada como un delito y que se le asigne una condena específica por la comisión de ese delito, principio que posteriormente fue regulado en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos como principio de derecho penal internacional.
Cabe mencionar entonces los delitos que regulan las normas de derecho penal internacional entre los cuales podemos mencionar los siguientes:
Los crímenes de guerra: los cuales constituyen violaciones de las leyes y de las costumbres de la guerra, las cuales constituyen transgresiones graves al derecho internacional humanitario y son aquellos cometidos durante este tipo de conflictos armados. Por ejemplo, las violaciones a los derechos de los prisioneros o civiles, así como el genocidio.
Los crímenes contra la humanidad o de lesa humanidad: tales como el asesinato, el exterminio, la esclavitud de personas, la deportación o traslado forzoso de ciudadanos, la encarcelación u otra privación de la libertad física en violación a las normas del derecho internacional, la tortura, la violación, la esclavitud sexual, la prostitución forzada, el embarazo forzado de mujeres, la esterilización forzada, la persecución fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género, u otros motivos la desaparición forzada de personas, que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque. Como por ejemplo los ocurridos bajo la dictadura Nazi.
El genocidio: el cual es definido por en el Estatuto de Roma de la siguiente manera:
“Se entenderá por genocidio cualquiera de los actos mencionados a continuación, perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso como tal:
a) Matanza de miembros del grupo;
b) Lesión grave a la integridad física o mental de los miembros del grupo;
c) Sometimiento intencional del grupo a condiciones de existencia que hayan de acarrear su destrucción física, total o parcial;
d) Medidas destinadas a impedir nacimientos en el seno del grupo;
e) Traslado por la fuerza de niños del grupo a otro grupo.”
Delito de Agresión o crímenes contra la paz: el cual consiste la preparación, inciación o ejecución de una guerra civil en franca violación con las normas internacionales, comprende además el uso de la fuerza armada por parte de un Estado en contra de otro Estado.